Sin moratoria, cuáles son las posibilidades para jubilarse

Desde el 23 de marzo pasado no existe más la posibilidad de jubilarse con la moratoria ley 27705, que permitía a aquellos que tenían la edad jubilatoria a esa fecha acceder a un beneficio previsional.

Hoy solamente está vigente la moratoria ley 24.476, que permite regularizar aportes entre que el o la solicitante cumplió 18 años y el mes de septiembre de 1993. A modo de ejemplo, una mujer que cumple 60 años este año, nació en 1964, cumplió los 18 años en 1982, por ende puede usar esta moratoria sólo por 11 años (entre 1982 y 1993). Esta mujer va a necesitar 19 años de aportes con posterioridad a septiembre 1993, que de no tenerlos, no va a poder jubilarse.

Para inscribirse en esta moratoria hay que pasar el informe socioeconómico.

Lo que sí sigue vigente es la ley de tareas de cuidado para las mujeres: permite computar 1 año de aporte por hijo nacido vivo, o 2 años por hijos por los que cobró asignación universal o 3 años de aportes en caso de haber adoptado.

Esta opción no está disponible para los hombres.

Para hombres y mujeres está la posibilidad del exceso de edad: por cada año que se excede de edad, se computan 6 meses de aportes. Por ejemplo, un hombre de 66 años no necesita 30 años de aportes para jubilarse: con el exceso de edad, va a necesitar 29 años 6 meses.

Por último, queda la Pensión Universal al Adulto Mayor (PUAM) para mayores de 65 años que no llegan a los 30 años de aportes: es lo mismo que no tengan aportes o tengan 25 años de aportes. El haber es el 80% de la jubilación mínima, es decir, $307.116 y cobran el bono de $70.000.

Desventajas de la PUAM

- Hay que pasar el informe socieconómico para acceder.
- Es incompatible con otro beneficio (una persona que cobra pensión no puede tener la PUAM).
- No da derecho a pensión por fallecimiento. Si quien es titular fallece, su cónyuge no tiene derecho a cobrar la pensión del fallecido.