
RUMBO AL 31A. El máximo órgano judicial de la provincia deberá decidir sobre la validez o no del Decreto 1.260 que organiza el reparto de alianzas. En primera instancia habían rechazado su validez, pero en segunda se aceptó.
La disputa por la aplicación o no del punto "b" del decreto 1260 será resuelta por el Superior Tribunal de Justicia, luego que la Cámara Electoral cambiará el fallo de la primera instancia y le diera la razón al Poder Ejecutivo Provincial.
Se trata de la disputa de la aplicación de la "colectora invertida" en los municipios en las próximas elecciones del 31 de agosto. Es decir que un candidato a intendente pueda llevar varios candidatos a gobernador.
El gobernador Gustavo Valdés, dictó un decreto en pleno proceso electoral días antes del cierre de alianza, lo que es considerado por la oposición (ECO, PJ y otros) como un cambio de las reglas de juego para las elecciones, pues ya se había lanzado el cronograma electoral.
La Cámara Electoral (no unánimemente sino por mayoría) con los votos de las juezas María Herminia Puig y Nidia Billinghurst de Braun (la presidente de la Cámara Martha Altabe, votó confirmando el fallo en primera instancia), hizo lugar a la solicitud de apelación contra el fallo de la Jueza Civil y Comercial N°3 con competencia en electoral, María Eugenia Herrero; quien había declarado la inconstitucionalidad del decreto al considerarlo extemporáneo y que viola principios constitucionales, como la prohibición para el Ejecutivo de modificar el espíritu de la ley cuando reglamenta la instrumentación del plexo normativo.
De esta forma, el punto "b" del decreto 1260, que había sido revocado hace una semana volvió a entrar en vigencia. Hoy los apoderados de los partidos de la oposición presentarán un "recurso extraordinario" ante el STJ para que se aboque a esta cuestión.